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Queda en libertad el ex dirigente de Batasuna Karmelo Landa, tras depositar una fianza de 50.000 euros
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Queda en libertad el ex dirigente de Batasuna Karmelo Landa, tras depositar una fianza de 50.000 euros

Landa fue detenido en febrero de 2008 junto a otros 13 dirigentes de la izquierda abertzale en una operación desarrollada por orden del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para evitar la reconstrucción de la formación ilegalizada.

08/02/2010

BILBAO -    El ex dirigente de Batasuna Karmelo Landa quedó en libertad a las siete y media de esta tarde, tras depositar un fianza de 50.000 euros y abandonar la prisión Madrid III, Valdemoro, donde permanecía encarcelado, según informaron a Europa Press fuentes de Instituciones Penitenciarias.

   La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó hoy la puesta en libertad bajo fianza de 50.000 euros de Karmelo Landa, al considerar que no existe riesgo de que se fugue o pueda cometer nuevos delitos antes de que sea juzgado por integración en organización terrorista en la causa que investiga la financiación de ETA a través de las 'herriko tabernas'.

   Landa fue detenido en febrero de 2008 junto a otros 13 dirigentes de la izquierda abertzale en una operación desarrollada por orden del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para evitar la reconstrucción de la formación ilegalizada.

   En el auto dictado hoy, el tribunal minimiza el riesgo de fuga alegando que el imputado "siempre cumplió con las comparecencias impuestas hasta que fue detenido" y que en su caso concurren circunstancias de "arraigo personal", como su intención de reintegrarse a su labor como profesor de la Universidad del País Vasco (UPV) o el "delicado" estado de salud de su madre.

   La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique López, también destaca que la posibilidad de que Landa vuelva a delinquir no tiene "la suficiente intensidad" como para mantener la medida de prisión provisional. Para ello, tiene en cuenta "las concretas circunstancias personales" del procesado y "el plazo razonable en el que el juicio podrá celebrarse".

   No obstante, aclara que la puesta en libertad de Landa no responde a la declaración del grupo de trabajo del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que señaló que su encarcelamiento fue arbitrario y contravino la Declaración Universal de Derechos Humanos. "Si la Sala acordara la libertad sólo con base en este argumento, le estaría concediendo una eficacia cuasi-jurisdiccional directa en el caso, esto es, se estaría convirtiendo de facto en un órgano judicial revisor", señala el auto.


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